En Apatzingán se
sanciona
NUESTRAS RAÍCES
BICENTENARIAS
No pocos han creído que los diputados
que tuvieron formalmente la atribución de elaborar el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana
sesionaron, en Apatzingán, para iniciar, discutir, aprobar, sancionar,
promulgar y publicar, dicho valioso documento insurgente.
Algo de eso pasó, pero no todo el
proceso legislativo. En el propio texto se expresa que: "... en la sesión
legislativa de 22 de octubre del presente año, para fijar la forma de gobierno
que debe regir a los pueblos de esta América, mientras que la NACIÓN, libre de
los enemigos que la oprimen, dicta su constitución, ha tenido a bien sancionar
el siguiente DECRETO CONSTITUCIONAL PARA LA LIBERTAD DE LA AMÉRICA
MEXICANA".
Así que en Apatzingán sólo se sancionó;
y en muchos otros pueblos y rancherías, y hasta en espacios campiranos durante
su recorrido, los miembros de ese Congreso de Anáhuac, o al menos algunos de
ellos, socializaron sus ideas, apuntaron, discutieron, y llegaron a acuerdos
parciales sobre el texto de ese documento histórico que hoy en su sanción
cumple 200 años.
Algo más debe precisarse. Para los
legisladores del Congreso del Anáhuac, situados en Apatzingán, lo que estaban
sancionando no era una constitución, sino solamente un decreto de carácter
constitucional. En su conciencia, y en su poca experiencia legislativo
constitucional, tenían claro que exclusivamente "la NACIÓN, libre de los
enemigos que la oprimen, dicta su constitución", y que el "SUPREMO
CONGRESO MEXICANO deseoso de llenar las heroicas miras de la NACIÓN, elevadas
nada menos que al sublime objeto de sustraerse para siempre de la dominación
extranjera, y sustituir al despotismo de la monarquía de España... decreta la
siguiente forma de gobierno... los principios tan sencillos como luminosos en
que puede solamente cimentarse una constitución justa y saludable."
Sin embargo, aún en contra de su propia
expresión, los legisladores de ese decreto produjeron una ejemplar constitución
que, en la realidad de toda la Nueva España, no tuvo ni vigencia ni
positividad, pero que configuró una excelente arma legislativa insurgente para
aquellas épocas y, para las nuestras, un ejemplo de fuente histórica de nuestro
sistema jurídico.
A la distancia de 200 años el Decreto Constitucional para la Libertad de
la América Mexicana se observa como toda una proeza, digna de remembranza,
y con mérito a un justo reconocimiento.
La semilla de ese preciso desarrollo
constituyente que tuvo una destacada etapa el 22 de octubre del año 1814, en el
caserío de Apatzingán, lo fue la decisión de un puñado de seres humanos
encabezados por Miguel Hidalgo y Costilla para levantarse en armas, el 16 de
septiembre del 1810 en el curato de Dolores, en contra de la esclavitud, de la
dependencia de España invadida por Napoleón, en contra de la división en
castas, y del despojo de las tierras a sus originales propietarios.
Así se vislumbra todo origen de lucha
social, pues es lo que despierta el coraje de destruir un sistema oprobioso.