Constitución de
Apatzingán
LIBRO SOBRE SU
BICENTENARIO
Un libro de gran formato sobre el
Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana ha sido escrito,
para conmemorar su bicentenario, con la participación de varios universitarios
nicolaitas, de diversas profesiones, para abordar desde diferentes perspectivas
a esa también llamada Constitución de Apatzingán.
La publicación ha estado a cargo de
Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y del Gobierno del Estado de
Michoacán, a través de la Secretaría de Cultura; así, dicha edición se inicia
con los mensajes escritos, y respectivos, del presidente de ese consejo Rafael
Tovar y de Teresa, y del gobernador Salvador Jara Guerrero.
En el cuerpo de la obra se publica la
copia fotostática de alta resolución de dicho decreto facilitada por el Archivo
General de la Nación, a quien se le reconoce su gesto.
Ese decreto constitucional fue
sancionado en Apatzingán el 22 de octubre del 1814, por "EL SUPREMO
GOBIERNO MEXICANO", "para fijar la forma de gobierno que debe regir a
los pueblos de esta América, mientras que la NACIÓN, libre de los enemigos que
la oprimen, dicta su constitución..."
En estos conceptos se puede apreciar que
ellos, los diputados constituyentes e insurgentes, diferenciaron lo que era un
simple decreto constitucional, a lo que posteriormente debería de dictarse como
constitución.
Sin embargo, el formato y el contenido
de lo sancionado fue todo un texto digno de una Constitución, inspirado
indirectamente en el Constitución de Bayona del 1808, ya que ésta había servido
como objetivo de ataque y superación para los legisladores de la Constitución
de Cádiz. También esta Carta Magna gaditana fue fuente histórica de derecho de
la Constitución de Apatzingán, como a la vez lo fue la Constitución de
Filadelfia de los Estados Unidos de América, los Elementos Constitucionales
elaborados por el grupo que lidereaba Ignacio López Rayón, el único abogado de
los líderes insurgentes, y los Sentimiento de la Nación presentados por José
María Morelos al Congreso de Anáhuac el 14 de septiembre del 1813 en
Chilpancingo.
Esa Constitución de Apatzingán tiene dos
grandes partes: principios o elementos con 6 capítulos; y forma de gobierno con
22 capítulos. Conteniendo en total 242 artículos, y no fue elaborada, es decir,
iniciada y discutida, ni redactada, en Apatzingán, sino que estos trabajos se
iniciaron desde que salieron de Chilpancingo rumbo a Valladolid, y en todo el
trayecto fueron efectuando labor legislativa. Fue un congreso trashumante.
Los temas a tratar en ese texto fueron:
religión, soberanía, ciudadanía, la ley, de la igualdad, seguridad, propiedad y
libertad de los ciudadanos, con sus obligaciones, la forma de gobierno,
división en provincias, el supremo gobierno, el supremo tribunal de justicia, y
el supremo congreso, con las atribuciones de esos tres poderes, la forma de las
elecciones, las juntas electorales de parroquia, de partido, y de provincia.
Firmaron, entre otros, José María
Liceaga, José Sixto Berdusco, José María Morelos. No todos trabajaron, pero a
todos registra la Historia.