miércoles, 15 de diciembre de 2010

DEL DINERO ILÍCITO

Blindar Comicios
DEL DINERO ILÍCITO                                                                            
El Código Penal Federal sufrirá reformas substanciales, en breve, en sus artículos 406, 407 y 412, para el efecto de sancionar con multa de 100 a 200 días de salario mínimo general, y con prisión de uno a seis años al funcionario partidista o candidato político que obtenga o utilice recursos de procedencia ilícita.
Disponiéndose, al igual, que la sanción en multas será de 200 a 400 días de salario mínimo y de privación de la libertad de uno a nueve años al servidor público que haciendo uso de su autoridad para obligar a sus subordinados a votar a favor de algún partido político o de cierto candidato.
Lo anterior ha sido aprobado por unanimidad en el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, habiéndose dado sólo dos abstenciones. Desde luego que pronto se enviará a la Cámara revisora, a efecto de discutirse, y en su caso aprobarse.
Así, los señores diputados consideran que estarán suficientemente blindados los comicios federales, entendiendo por “blindaje” lo que protege con acero o metales inexpugnables o medidas de seguridad para que no se cause ningún daño a lo salvaguardado.
Supongo que su intención es buena, empero, no han hecho más que aumentar las penas, ya que la tipología penal existe desde hace tiempo, y desde hace muchos años en no pocas elecciones circula a favor de algunos candidatos el dinero obtenido ilícitamente.
De suerte, entonces, que la debilucha medida no corresponde a los alcances que se pretenden, ni guarda equidad con la publicidad oficial que al respecto ha circulado.
Es necesario que desde ahora se aclare y precise que es eso de “dinero ilícito”, para no dejarlo a los combates procesales, acaecidos en órganos jurisdiccionales de la materia, respecto a su hermenéutica. Ya que no sólo es dinero ilícito el venido del narcotráfico y del crimen organizado, sino el que proviene de todo acto delictivo.
O sea, tomar dinero del erario para alterar la equidad en las campañas electorales también es un delito, y por eso debe ser considerado dinero ilícito.
Ningún partido ni ningún candidato deben utilizar dinero que tenga por origen un acto delictivo, sea cual fuera ese acto u omisión típico, antijurídico, culpable, y punible, pues al hacerlo actualizará las hipótesis de esas normas de derecho y, como resultado, debe aplicársele las consecuencias que ordenan dichos preceptos.
Pero, el blindaje no lo dan tan sólo las codificaciones sustantivas y adjetivas de carácter penal, sino el poder político que, a través de los órganos jurisdiccionales competentes, tiene la facultad y obligación de aplicar la ley a los casos con interés controvertido que se presenten en este caso.
Es decir, no únicamente es cosa de leyes, sino de mujeres y hombres, de seres humanos, con una cultura jurídica a toda prueba; blindados éticamente. ¡He aquí el más eficaz de los blindajes!
Por otra parte, además del dinero ilícito, debe prohibirse en toda campaña político electoral el uso de bienes y servicios obtenidos por actos ilícitos, tanto de los gobiernos como de los particulares.
Blindar no es sólo cosa de palabras, de frases ocurrentes, sino de una constante inalterable en nuestras costumbres cotidianas.