Para la América
Mexicana
¡LIBERTAD!, HOY Y
SIEMPRE
Todos los hombres somos mortales. José
María Morelos y Pavón fue un gran hombre. Luego el señor Morelos, tarde o
temprano, tenía que morir.
Y murió fusilado a las seis de la mañana
del 22 de diciembre del año 1815, en San Cristóbal Ecatepec; pero no
propiamente por el silogismo expuesto en el párrafo anterior, sino por haber
pensado, dicho, y hecho, todo lo que en su conciencia creía que era bueno para
lograr la independencia, la libertad, la abolición de castas, de nuestra
América Mexicana.
Para ello luchó con las armas, pero
sobre todo con normas jurídicas. Sacrificó su vida por una causa legislativa a
favor de su sueño. Él mismo confesó que era el día más feliz de su vida ese 22
de octubre de 1814 en que se sancionó, en la población de Apatzingán por el
Congreso, el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana.
Visto con objetividad, la mayoría de los
miembros de ese Congreso de Anáhuac recibieron el cargo de diputados por la
decisión personal de Morelos y, a la postre, el grupo de su hechura lo maniató
en el ejercicio del mando. Y Morelos pudo haberlos mandado a volar, pero su
institucionalidad mesurada y humilde lo condujo a obedecerlos.
Políticamente fue un error; éticamente
fue un acierto. Estas confrontas integran las realidades contradictorias de
todo ser humano.
Algo digno de pensarse es que,
sancionada la Constitución de Apatzingán, aproximadamente sólo una cuarta parte
del territorio poblado de la Nueva España se encontraba dominada por los
insurgentes; y las tres cuartas partes restantes, espacio sometido a los
españoles, carecían de medios para conocer sobre la existencia de ese Decreto
Constitucional para la Libertad de la América Mexicana.
Así que el Virrey Félix María Calleja
tuvo conocimiento de ese documento constitucional rebelde hasta el mes de mayo
del 1815 y, en principio, lo observó con soberbia, altivez, y desprecio;
empero, algunos de sus consejeros le hicieron meditar para que no lo valorara exclusivamente
desde la simple perspectiva militar, sino que lo comprendiera desde sus ángulos
políticos.
Eso lo condujo a dar cuenta de ese
decreto insurgente a la Audiencia, la que dictaminó el 17 de mayo del 1815
sobre los alcances y gravedad del caso.
Con base en ese dictamen Calleja expidió
un bando el 25 de mayo de 1815, a través del cual ordenaba que ese mismo día en
la Plaza Mayor se quemasen: un ejemplar de esa Constitución de Apatzingán,
junto con varios papeles que se les habían incautado a los insurgentes,
documentos que obraban en manos de algunos comandantes militares.
De esa manera se llevaron a la hoguera a
un sin fin de documentos insurgentes, tanto en la Ciudad de México como en
algunas capitales de las provincias de la colonia.
Ni así pudieron parar la libertad para
la América Mexicana, magnífico nombre que pensaba ponerle a nuestro país.